27 noviembre, 2024

Hasta 2024 por la sequía: Declararon emergencia agropecuaria en Jujuy, Neuquén y Salta

El Ministerio de Economía dio por declarado el estado emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, en las provincias de; Jujuy, Neuquén y Salta, a través de tres resoluciones publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

En la resolución 755/2023 se declaró emergencia o desastre en Jujuy desde el 3 de Mayo último y hasta el 11 de Mayo de 2024, a las explotaciones cañeras afectadas por sequía de los Departamentos; El Carmen, Palpalá, San Pedro, Ledesma, San Antonio y Santa Bárbara.

Además, se determinó que el 11 de Mayo de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

Mientras tanto, en la resolución 756/2023 se dio por declarada la emergencia en Salta desde el 15 abril pasado hasta el 14 de Abril de 2024, a las explotaciones citrícolas, afectadas por sequía, en los Departamentos; Anta, General Güemes, General San Martín, Iruya, Metán, Orán y Santa Victoria.

Lo mismo hizo desde el 29 de Marzo último y hasta el 31 de Marzo de 2024 para las explotaciones cañeras afectadas por sequía, en los Departamentos de; General Güemes y Orán.

También estableció que el 14 de abril y el 31 de marzo de 2024 son las fechas de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

En la tercera resolución, la 757/2023, se dio por declarada la emergencia en Neuquén desde el 1° de Marzo último y hasta el mismo día de 2024, a las explotaciones avícolas afectadas por Influenza Aviar Altamente Patógena (IAAP) en los Departamentos; Añelo, Confluencia, Chos Malal, Picún Leufú, Zapala y Picunches.

Asimismo, estableció que el 1° de Marzo de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

A los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores y las productoras afectados en ; Jujuy, Salta y Neuquén deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.

Por su parte, el gobierno de cada provincia remitirá a la Comisión Nacional De Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores y las productoras afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.

En tanto las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores y las productoras gocen de los beneficios previstos.

Fuente.- https://www.minutouno.com

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