27 noviembre, 2024

Casación ordenó reabrir las causas Hotesur y Memorándum para que se realicen los juicios orales

Petrone y Barroetaveña cuestionaron vía de excepción y valoración de “nueva prueba” para sobreseimientos en ambos casos. Pero exculparon a Florencia Kirchner y quedó fuera del proceso.

En un mismo movimiento, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó los sobreseimientos dictados y ordenó la realización del juicio oral en dos causas de alto voltaje político, Hotesur-Los Sauces y Memorándum con Irán, donde la principal protagonista es Cristina de Kirchner. Sendos fallos del máximo tribunal penal fueron firmados por los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña donde, además, se dispuso el apartamiento de los magistrados de tribunal oral que habían intervenido en los sobreseimientos previos. Sin embargo, ambos camaristas coincidieron en señalar que no corresponde acusar a Florencia Kirchner dada su inculpabilidad ya que al momento del inicio de la sociedad que es origen de la investigación para el caso Hotesur, la hija de los expresidentes tenía solo 12 años, lo que es un hecho que está fuera de discusión. De este modo, ratificaron su sobreseimiento, lo que abrirá las puertas para que el fiscal de Casación Mario Villar – y también las defensas de los 32 imputados – recurran a la Corte Suprema.

A lo largo de las primeras 45 carillas de una resolución de 90, Petrone que encabezó la votación hizo una reseña de todas las alternativas previas que tuvo el caso y de los fundamentos por los que en su momento, el Tribunal Oral Federal N5 había considerado que no debía realizarse juicio, con la disidencia de Adriana Palliotti. Se sumaron los argumentos de las defensas para consolidar los sobreseimientos y las objeciones del Ministerio Público Fiscal. Petrone comenzó por analizar la base de sustentación de ese fallo que era la incorporación de elementos novedosos que volvían “atípicos” los delitos que se pretendían juzgar.

Con cita propia a su decisión en el caso Dólar Futuro en el que falló a favor de Cristina y el resto de los implicados, el juez distinguió que esos nuevos elementos debían incorporarse con posterioridad a la elevación a juicio para no vulnerar el debido proceso y no podían ser una reevaluación de los ya recolectados durante la instrucción. Sin soslayar que la solución excepcional para no realizar un juicio no es taxativa en sus requisitos, consideró que lo que evaluó la mayoría del TOF5 para decidir “no resulta suficiente” y otras, no podrían ser asimiladas a “pruebas”. No se encontrarían, entonces, justificado que ese sea el punto de partida para apartarse de la normativa ni hubo explicación suficiente por parte de los jueces. “Se verifica que la conclusión no resulta una derivación razonada del derecho aplicable al caso, sino que pretende sustentarse en una argumentación meramente aparente y, por ende arbitraria, que equivale a la falta de motivación que priva al pronunciamiento de su carácter de acto jurisdiccional válido”, apuntó Petrone.

Pero párrafo siguiente, se dedicaron a analizar la situación de Florencia Kirchner en relación al argumento de que al momento de la constitución de la asociación cuestionada era menor de edad. “La asociación de la que Florencia Kirchner habría formado parte se habría conformado cuando aquella era una niña y al momento de su ingreso -tras el fallecimiento de su padre- las operaciones objetadas que se le atribuyen a esa organización ya se encontraban consolidadas”, indicó uno de los apartados más extensos, en los que se destacó su ajenidad a la política, cargos ni preparación empresarial. Fue clave el criterio de “limitación y falta de autonomía” para exculparla de forma anticipada. “Prolongar el proceso implicaría una afectación injustificada de la imputada que trascendería la mera incertidumbre que todo proceso penal”, afirma el fallo que de todas formas mantuvo los embargos.

Barroetaveña adhirió y expresó sus propios fundamentos y explicó que todos los planteos estaban subordinados a que la decisión original del TOF5 se ajustara a derecho y advirtió que todo el razonamiento “luce arbitrario”. Fue más severo todavía con la mayoría del TOF con, según su criterio, “una aplicación forzada” diferenciándolo también de la posición de la Sala en Dólar Futuro. “Aquellas causales en todos los casos deben ser sostenidas por pruebas nuevas producidas con posterioridad al requerimiento de elevación a juicio, a raíz de las cuales resulte evidente la circunstancia aludida y que para comprobarla no sea necesario el debate”, definió para cuestionar la valoración que se hizo para los sobreseimientos y que fueran los propios jueces los que vacilaran al considerarlo suficiente “prueba nueva”.

“El tribunal no se encontraba habilitado para ejercer su jurisdicción del modo en que lo hizo pese a que afirmaron lo contrario otorgándole a los requerimientos de elevación a juicio, de manera caprichosa, la calidad de dirimentes cuando aquéllos no sólo no poseen naturaleza probatoria sino que tampoco eran datos nuevos porque ya se encontraban agregados al momento de recibir las actuaciones en el tribunal”, concluyó. Pero Barroetaveña fue enfático también respecto a los fundamentos por los que Casación debía definir la situación de la hija de Cristina a su favor, sin cortapisas porque no se la podría acusar bajo ningún contexto, de acuerdo a su interpretación, a partir de los elementos objetivos con los que se contaba. Pero el juez terció también por apartar a los Jueces del TOF porque “la situación descripta configura claramente un caso de prejuzgamiento que quebró la imparcialidad como garantía para las partes del proceso”. Lo mismo ocurriría con todos los integrantes que votaron en el caso Memorándum

Es que la decisión de la Sala I fue análoga en criterio a la de Hotesur: la crítica a cómo se fundamentó la excepción para sobreseer sin realizar juicio (en Memo la valoración de un informe de Interpol sobre las alertas rojas sobre los iraníes). Todo lo calificaron de interpretación “forzada y arbitraria”, por lo que dispusieron que se hagan ambos juicios y que se aparte a los jueces que ya habían opinado lo contrario.

Por Gabriel Morini

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Foto.- Portada – Cristina Fernández de Kirchner

Fuente.- https://www.ambito.com

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