El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) anunció que en pocas semanas más establecerá severas restricciones en la autorización de Documento de Tránsito electrónico (DT-e) de animales para los productores que no contraten camiones “jaula” que están debidamente registrados ante el organismo sanitario. Esto, claro está, además de la VTV, la mar en coche y todos los demás permisos con que deben contar ese tipo de transportes.
Pomposamente el Senasa llamó a esto como “Plan de Verificación del Registro de Transportes de Animales”. Se explicó en un comunicado que “el programa busca que el SENASA tenga un mejor seguimiento del traslado de toda especie animal y que, quienes realicen la actividad mantengan vigente la habilitación del transporte, así como también aseguren las condiciones estructurales e higiénico-sanitarias del vehículo y el bienestar animal”.
El plan apuntará a todas las especies: bovinos, bubalinos, equinos, aves comerciales, porcinos, ovinos y caprinos, con destino a frigoríficos (consumo interno y exportación), remates ferias, invernada y/o reproducción. Es decir, todo bicho que camine. O mejor dicho, que se movilice.
El Senasa ya cuenta con la posibilidad de registrar todos los vehículos de carga de animales vivos. La habilitación se realiza en cualquier oficina local habilitada, o en el Servicio de inspección veterinario (SIV) del organismo.
Lo que sucederá ahora es que el SENASA vinculará dicho registro con los permisos para el movimiento de hacienda. Esto se hará en etapas.
Desde el próximo 21 Junio hasta el 23 de Julio, los productores que tramiten un DT-e a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) deberán registrar también el dominio del transporte que realizará el traslado de los animales. Al registrar ese dominio, el sistema informará el estado de habilitación del transporte: Habilitación Vigente. / Habilitación Vencida. / No registra habilitación.
Durante este breve periodo de apenas un mes, el usuario podrá continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y trasladar la hacienda, siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo “no registra habilitación”. Esto obliga a todos a anotar los vehículos lo antes posible.
La segunda etapa comenzará el 24 Julio de 2023. A partir de ahí “será de carácter obligatorio el requisito de consignar el dominio del transporte y su condición de habilitación vigente” para los movimientos de ganado destinados a frigoríficos habilitados para exportación a la Unión Europea. Ya sean bovinos, bubalinos, aves, ovinos y equinos.
En cambio, se podrá movilizar animales con registro vigente o vencido para el resto de las especies y destinos distintos a la Unión Europea. El sistema permitirá continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda, siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo “no registra habilitación”, se indicó.
“La Dirección Nacional de Sanidad Animal se encuentra desarrollando una herramienta que permitirá que los autogestores también puedan verificar de forma ágil y sencilla el estado de habilitación del transporte que utilizarán para el traslado de sus animales”, prometió SENASA, que evidentemente tuvo que cerrar el cerco sobre las jaulas debido a la presión europea para que se le asegure una absoluta trazabilidad de la carne exportada hacia ese mercado.
Por Bichos de campo
Fuente.- https://bichosdecampo.com