Lo sostuvieron en un fallo de 1.600 páginas y dijeron que el fin de la maniobra era asegurar un “beneficio económico” para Néstor y Cristina Fernández de Kirchner.
El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) hizo públicos los fundamentos de la sentencia condenatoria contra Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez en el caso Vialidad y aseguró en un fallo de 1.600 páginas que los que se juzgó fue “un hecho de corrupción estatal”.
En los fundamentos, de forma unánime, los Jueces; Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu indicaron que se acreditó que en la maniobra investigada, la intervención “de integrantes de las más altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional, de la Dirección Nacional de Vialidad y de la Administración General de Vialidad Provincial de la Provincia de Santa Cruz, en connivencia con un empresario de la construcción dedicado a la obra pública”, en referencia Báez.
Al respecto añadieron que la finalidad fue “asegurarle un beneficio económico tanto a éste como a la sociedad conyugal integrada por los ex presidentes Néstor Carlos Kirchner y Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.
De manera inaudita, sostuvieron los magistrados, “en lugar de la relación de distancia y contralor que debió signar el vínculo entre las dimensiones pública y privada, aquí hemos visto una promiscua y absoluta confusión entre ambas esferas”.
Esta estructura delictual, estuvo “marcada por acuerdos espurios entre las personas interesadas” algo que encontraron “propio de las prácticas organizadas de corrupción estatal y empresarial y visos propios de los delitos económicos”, tendientes a “asegurar los beneficios económicos” a favor de los Kirchner y Báez.
El 6 de Diciembre pasado, Cristina Kirchner se convirtió en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder, con una condena por corrupción. El TOF 2 integrado por los Jueces; Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, la encontró responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El daño ocasionado se estimó en 80.000 millones de pesos.
Los fundamentos abreviados que se divulgaron entonces, indicaba: “Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.
Las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron “sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas” a Báez, dijo el Tribunal y añadió que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo, fue “exponencial” y el mismo se vio “directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.
En otros términos, los magistrados indicaron ex funcionarios de Vialidad Nacional como la agencia provincial, “operaron al margen del interés público”, configurando, “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.
Sobre estas premisas iniciales, el Tribunal dio a conocer en base a qué pruebas y testimonios arribaron a dicha conclusión.
Noticia en desarrollo
Por Lucía Salinas
Fuente.- https://www.clarin.com