Defensa del Consumidor de Misiones recordó que el canon a SADAIC (sigla de Sociedad Argentina de Autores y Compositores) no debe cobrarse en recepciones, fiestas de 15 ni eventos escolares. Ante exigencias indebidas, recomiendan realizar la denuncia o reclamar la devolución del dinero.
Defensa del Consumidor aclaró que el pago del canon a Sadaic no es obligatorio para recepciones, fiestas de 15 ni eventos escolares. La aclaración surgió después de que padres y docentes consultaron por supuestos cargos exigidos por algunos salones y empresas organizadoras. El organismo recordó que la exención rige desde el año pasado y que ningún consumidor debe abonar ese concepto.

Alejandro Garzón Maceda, Director del área, explicó que en las últimas semanas aumentaron las consultas por parte de familias que organizan recepciones. Señaló que varios salones informan que el pago es necesario, aunque la normativa vigente indica lo contrario. Por eso, el funcionario remarcó que todos los consumidores están exentos desde el año pasado y no deben aceptar ese tipo de cobros.
Cómo denunciar a salones de fiestas que obligan a pagar el canon de SADAIC
Desde el organismo recomendaron acercarse a las oficinas de Defensa del Consumidor para realizar la denuncia cuando un salón, empresa o proveedor reclame el pago. El área también recibirá reclamos de quienes ya abonaron el canon, ya que pueden solicitar la devolución por tratarse de un cobro indebido.
La dependencia provincial insistió en la importancia de consultar antes de cerrar contratos y recordar que las recepciones, actividades escolares y celebraciones familiares no deben incluir ningún canon vinculado a SADAIC. El objetivo es evitar que las familias asuman costos que no corresponden y garantizar que los prestadores respeten la normativa vigente.
Fuente.- https://www.canal12misiones.com