La primera recategorización del Monotributo 2026 vence el 5 de Febrero del 2026 y alcanza a quienes tuvieron cambios en su actividad.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó los pasos, sanciones y el alcance de la recategorización automática.
Los monotributistas atraviesan en enero el último tramo previo a la primera recategorización del año 2026. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que el plazo para realizar el trámite vence el 5 de Febrero, y alcanza a quienes registraron modificaciones en sus ingresos, alquileres, superficie del local o consumo de energía durante los últimos 12 meses.
El proceso de recategorización se realiza de manera semestral, en febrero y agosto, y se evalúa siempre la actividad del año previo.
No deberán efectuar ningún trámite quienes mantengan los mismos parámetros ni quienes lleven menos de seis meses inscriptos en el régimen.
En cambio, quienes omitan el procedimiento pese a haber superado los topes permitidos pueden enfrentar multas e intereses.
Cómo me recategorizo en ARCA
Para recategorizarse, el contribuyente debe ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “Recategorizarme”, revisar los datos, actualizar los parámetros correspondientes y generar el comprobante F.184 junto con la nueva credencial de pago.
El organismo implementó además una modalidad simplificada, que muestra de forma automática la facturación anual registrada en el sistema.
Desde el segundo mes de 2026 comenzarán a regir los nuevos topes de facturación del Monotributo, los cuales se ajustarán según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado en el segundo semestre de 2025.
ARCA también recordó que existe la recategorización de oficio, que se aplica cuando el contribuyente no realizó el trámite o lo hizo de forma incorrecta.
Este mecanismo se activa al detectarse compras, gastos o movimientos bancarios incompatibles con la categoría declarada. En esos casos, la notificación llega al domicilio fiscal electrónico y puede apelarse dentro de los 15 días hábiles.
El organismo advirtió que no cumplir con la recategorización puede derivar en sanciones equivalentes al 50% del impuesto integrado y la cotización previsional correspondiente, además de intereses por pagos fuera de término.
Por ese motivo, recomendó prestar especial atención a los plazos que se concentran entre fines de enero y los primeros días de Febrero del 2026.
Fuente.- https://www.canal12misiones.com